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ASEGURADORA DE CRÉDITOS Y GARANTÍAS S.A. c/ DGA s/ recurso de apelación

El plazo de prescripción de cinco años para la acción del Fisco en materia aduanera comienza a contar desde el 1 de enero del año siguiente al de la comisión de la infracción, y se suspende desde la apertura válida del sumario hasta que recae una dec

Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analiza en autos la validez de una resolución administrativa que impone una multa y cargos tributarios a una empresa importadora y a una compañía aseguradora que actuó como garante mediante un seguro de caución, en relación con una operación de importación temporaria. Se debatieron aspectos relativos a la prescripción de la acción fiscal para el cobro de tributos, la correcta aplicación de la normativa aduanera y civil respecto a la responsabilidad del garante, la legalidad del procedimiento administrativo seguido, y la procedencia de ciertos conceptos incluidos en la liquidación tributaria. Se examinaron fundamentos legales sobre los plazos de prescripción previstos en el Código Aduanero, la interpretación de la figura del fiador en el marco del seguro de caución, y la extensión de las obligaciones de pago del garante frente a la Aduana. Asimismo, se consideró la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia sobre la exigibilidad de percepciones impositivas y la presencia de límites en la responsabilidad de la aseguradora.

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