LA AGRICOLA S.A. c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ RECURSO DE AMPARO
La acción de amparo prevista en el artículo 1160 del Código Aduanero es procedente únicamente cuando existen demoras objetivas, injustificadas y excesivamente prolongadas imputables al servicio aduanero que causan un perjuicio efectivo al administrad
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo interpuesto por una empresa contra la Dirección General de Aduanas por la presunta demora excesiva en la tramitación y resolución de un procedimiento de repetición de tributos abonados en concepto de derechos de exportación. Se examinaron los plazos transcurridos desde la solicitud de devolución hasta el momento de la acción, así como los movimientos administrativos realizados durante el trámite. Se controvirtió si la mora atribuible al organismo fue justificada o si afectó derechos constitucionales del recurrente, evaluando los requisitos del artículo 1160 del Código Aduanero para la procedencia del recurso y ponderando el principio de razonabilidad y principios esenciales del procedimiento administrativo. El Tribunal consideró la imputabilidad de la demora y el perjuicio causado al administrado, utilizando como parámetros estándares temporales, criterios de celeridad, buena fe y la función excepcional del amparo.
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