COTO C.I.C.S.A. c/D.G.A. s/Recurso de apelación
Las decisiones del Consejo del Mercado Común (CMC) del MERCOSUR, consideradas normas intergubernamentales, requieren ser incorporadas expresamente al derecho interno para tener vigencia y aplicación directa en Argentina.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se cuestionó la legalidad del cobro de un incremento del 1,5% aplicado al Arancel Externo Común (AEC) en importaciones realizadas en 2004, alegándose que dicho incremento había dejado de estar vigente conforme a las normas del Consejo del Mercado Común (CMC) del MERCOSUR. Se debatió si las decisiones del MERCOSUR con fecha de caducidad eran vinculantes y automáticamente vigentes en el derecho interno argentino, o si requerían un acto de internalización para su aplicación. Se examinó la normativa nacional y supranacional aplicable, la jerarquía de los tratados internacionales, y la interpretación de las resoluciones ministeriales que establecieron y dejaron sin efecto dicho incremento. También se analizó el tratamiento de la moneda para la devolución y la aplicación de intereses por pagos indebidos. El Tribunal consideró el carácter intergubernamental de los órganos del MERCOSUR y la necesidad de internalización de las decisiones para su vigencia en la Argentina, realizando distinciones entre obligatoriedad y vigencia normativa.
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