NEWSAN SOCIEDAD ANONIMA c/DGA s/recurso de apelación
Para configurar la infracción de declaración inexacta prevista en el artículo 954, apartado 1, incisos a) y c) del Código Aduanero, es necesario que exista una diferencia entre lo declarado y lo comprobado que pueda ocasionar perjuicio fiscal o difer
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la validez de una resolución administrativa que impuso una multa por infracción al Código Aduanero respecto de una declaración post-embarque en una operación de exportación. El análisis se centró en determinar si existió una declaración inexacta, considerando las diferencias en las cantidades, valores FOB unitarios y totales y fletes declarados respecto de la mercadería efectivamente exportada y facturada. Se discutió la aplicación del régimen sancionador del artículo 954 del Código Aduanero y la excepción contemplada en el artículo 959 inciso a), evaluando si la inexactitud se comprobaba a partir de la simple lectura de la declaración o requería cotejo documental. El tribunal examinó las pruebas documentales aportadas, incluyendo facturas, notas de crédito, declaraciones y rectificaciones, así como la jurisprudencia relevante, especialmente en relación con el principio del despacho en confianza y la necesaria rigurosidad en la declaración aduanera.
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