SILA ARGENTINA S.A. c/ DGA s/ recurso de apelación
El certificado de origen es un documento esencial y sustancial que debe acompañar a las mercaderías para acceder al régimen preferencial en el marco de acuerdos comerciales, y su falta implica la pérdida del beneficio arancelario preferencial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El caso analiza la legalidad de una resolución administrativa que confirmó una liquidación aduanera derivada de la falta de presentación del certificado de origen en una importación bajo un acuerdo preferencial entre Argentina y Brasil. Se examinó si la ausencia del certificado podría ser suplida por otras pruebas y si ello violaba los acuerdos comerciales vigentes o creaba barreras arancelarias. Se revisaron antecedentes probatorios y la normativa aplicable, incluyendo definiciones y requisitos del certificado de origen según el régimen del MERCOSUR y los protocolos adicionales al acuerdo bilateral en materia automotriz. Además, se consideró la aplicación y límites del cobro de percepciones de impuesto a las ganancias en relación con el vencimiento de términos para su exigibilidad. El Tribunal valoró los elementos jurídicos y probatorios aportados para determinar los ámbitos de validez y alcance de los requisitos formales y sustanciales en el régimen preferencial y en la política tributaria correspondiente.
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