CONSTRUCCIONES ELECTROMECÁNICAS DEL OESTE S.A. s/ recurso de apelación
El desistimiento incondicional de acciones, reclamos y recursos es requisito para acceder al régimen de regularización previsto en la Ley 27.743 para obligaciones en curso de discusión administrativa o judicial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza un recurso de apelación interpuesto contra una resolución administrativa que determinó de oficio la obligación tributaria en concepto de Impuesto a las Ganancias para los períodos 2015, 2016 y 2017. La controversia se centra en la regularización de las obligaciones tributarias incluidas en un régimen especial previsto por la Ley 27.743, que establece un plan de facilidades de pago para deudas vencidas y exige el desistimiento incondicional de acciones judiciales o administrativas para acceder a beneficios, incluyendo la condonación parcial de intereses. El Tribunal examina la procedencia del desistimiento del recurso formulado por el contribuyente tras adherirse al régimen, la validez del plan de pagos consolidado y vigente, y las condiciones para la condonación de intereses resarcitorios y punitorios, considerando también las causales de exclusión del régimen y las consecuencias de la caducidad del plan por incumplimiento. Se valoran las normas aplicables, reglamentaciones emitidas por la AFIP y la documentación presentada, sin resolver el mérito sustancial de la determinación fiscal inicial.
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