CADENAS JG SA c/ D.G.A. s/recurso de apelación
El régimen de exportación temporaria establece la obligación fundamental de reimportar la mercadería dentro del plazo otorgado, bajo apercibimiento de infracción aduanera.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la imposición de una multa aduanera vinculada al régimen de exportación temporaria de mercaderías como equipaje acompañado, en particular, ante la falta de reimportación de los bienes en el plazo legal establecido. Se discutió la validez de la sanción basada en el incumplimiento del regreso de la mercadería y se confrontaron alegatos relativos a la venta total de la mercadería en el extranjero antes del vencimiento del plazo, amparada en normativa interna específica para corredores de comercio internacional, con la obligación formal de registrar el retorno o la ausencia del mismo mediante documentación aduanera pertinente. Se examinó el régimen legal aplicable, la carga de la prueba respecto del cumplimiento del plazo de reimportación y la validez y alcance de la documentación presentada por la apelante para acreditar el cumplimiento de las obligaciones aduaneras, así como la interpretación e interacción de normas específicas del código aduanero y resoluciones reglamentarias en la materia.
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