VITERRA ARGENTINA S.A. c/ D.G.A. s/ recurso de apelación
El Tribunal Fiscal de la Nación carece de facultades para declarar la inconstitucionalidad de normas en forma directa en el ejercicio del control judicial tributario, conforme al artículo 1164 del Código Aduanero.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examinó el recurso de apelación interpuesto contra la denegatoria de devolución de una suma abonada en concepto de derechos de exportación por exportaciones de biodiesel, cuya alícuota había sido establecida mediante un decreto del Poder Ejecutivo. Se discutió la validez constitucional y legal del decreto que fijó dicha alícuota móvil, en atención a la jurisprudencia que establece requisitos estrictos para la validez de normas delegadas en materia tributaria y delegaciones legislativas. El Tribunal analizó la sucesión normativa aplicable al régimen de derechos de exportación para la posición arancelaria correspondiente, así como el alcance y aplicación del fallo de la Corte Suprema en casos análogos. Se confrontaron además interpretaciones sobre la facultad del Tribunal para declarar inconstitucionalidades, los requisitos formales para la delegación legislativa, y la procedencia de la devolución solicitada por el contribuyente.
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