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Petroquímica Comodoro Rivadavia SA c/DGA s/recurso de apelación

El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la nulidad constitucional de leyes o reglamentos tributarios, salvo que la Corte Suprema de Justicia de la Nación haya declarado su inconstitucionalidad, en cuyo caso debe seguir el criterio del Alto

Competencia Nulidad Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se controvirtió la procedencia de la repetición de derechos de exportación pagados en virtud del Decreto 793/2018, que estableció una alícuota ad valorem del 12% para diversas mercaderías exportadas. La controversia se centró en la presunta inconstitucionalidad de dicho decreto por violación del principio de reserva de ley en materia tributaria, ya que la norma fue dictada por el Poder Ejecutivo sin ley previa del Congreso y fue convalidada posteriormente por la Ley 27.467, pero sin efecto retroactivo. Se evaluó la vigencia normativa aplicable a los permisos de embarque agrupándolos según fechas de oficialización antes, durante y después de la vigencia del decreto y la ley mencionados. El Tribunal examinó el alcance del principio de legalidad tributaria, la validez de la delegación legislativa al Ejecutivo para fijar derechos de exportación, la jurisprudencia constitucional vigente, y las consecuencias de la ratificación legislativa posterior. Se distinguió además la doctrina previa establecida por la Corte Suprema en casos similares y su aplicabilidad al supuesto actual, así como la competencia del Tribunal para declarar la inconstitucionalidad de normas tributarias.

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