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PETROBRAS ARGENTINA S.A. c/ DGA s/ Recurso de Apelación

El artículo 954 del Código Aduanero sanciona la declaración inexacta ante el servicio aduanero sólo cuando la inexactitud afecta operaciones sujetas a control y produce efectos previstos en sus incisos, priorizando el principio de veracidad y exactit

Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se discutió la validez de una multa y reclamo tributario impuestos por la Aduana basada en una supuesta declaración inexacta de valores FOB en una operación de importación de MTBE originaria de Brasil. El control aduanero detectó una diferencia entre el valor declarado en la importación y el valor declarado en el documento de exportación brasileño. Sin embargo, se constató un faltante de mercadería dentro del margen de tolerancia legal, para el cual el exportador emitió una nota de crédito que fue aceptada y contabilizada por el importador. La controversia giró en torno a la prueba ofrecida por ambas partes, la veracidad de las declaraciones presentadas, y la posibilidad de rectificación o ajuste en función del control y las reglas aduaneras. El Tribunal analizó los alcances del principio de veracidad y exactitud de las declaraciones en materia aduanera, especialmente bajo el régimen de despacho basado en la confianza y la interpretación del artículo 954 del Código Aduanero. Se examinaron también los límites de la información obtenida por sistemas de intercambio aduanero (INDIRA), la carga de la prueba y los estándares de comprobación para configurar la infracción.

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