Sentencia TFN INLEG-2025-17729714-APN-VOCXX#TFN
Para la procedencia del recurso de amparo por demora en trámite administrativo aduanero, es imprescindible acreditar la existencia de una demora excesiva y un perjuicio causado al recurrente que impida el normal ejercicio de su derecho o actividad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El recurso de amparo planteado se refiere a la demora excesiva en la sustanciación y resolución de un procedimiento administrativo iniciado para solicitar la devolución de tributos pagados en exceso en concepto de derechos de importación extrazona. La controversia se centra en la mora de la autoridad aduanera en resolver el trámite iniciado en diciembre de 2022, pese a la interposición de un pedido de pronto despacho y la invocación de jurisprudencia que protege el derecho a un pronunciamiento en tiempo razonable. El Tribunal examinó la existencia de los requisitos legales para el amparo, en particular la demora excesiva causada por el órgano administrativo, el perjuicio a los derechos afectados y la observancia del trámite administrativo previo. Asimismo, el análisis consideró la razonabilidad de los plazos transcurridos y las implicancias constitucionales y administrativas inherentes al derecho a obtener una resolución judicial o administrativa en plazo adecuado, evaluando la naturaleza reglada del procedimiento y la eficacia del dictamen administrativo producido, sin que obste para ello la dilación en su emisión ni su falta de efecto directo.
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