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FIGIACCONE ALBERTO JUAN C/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS S/ RECURSO DE APELACIÓN

La adhesión y pago conforme al Régimen de Regularización Excepcional extingue la acción penal aduanera respecto de infracciones cuya sanción pecuniaria se determina por multa mínima, sin quedar registrado antecedente, salvo que exista sentencia firme

Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de apelación presentado contra una resolución de la Dirección General de Aduanas que impuso una multa a una empresa y a un despachante de aduana por presunta infracción al artículo 954, inciso c) del Código Aduanero, relacionada con declaraciones de valor en diversas destinaciones. Se discutió la validez de la imputación conforme a la normativa aplicable y la calidad de la prueba documental, así como la responsabilidad directa del despachante de aduana al actuar bajo instrucciones del importador/exportador. Se examinaron cuestiones relativas a la correcta interpretación del régimen sancionatorio dado el ingreso de la empresa al Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias y la eventual extinción de la acción penal aduanera. También se consideró el impacto del fallecimiento del despachante en la continuidad del procedimiento sancionatorio.

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