EX-2023-15732720-APN-SGASAD#TFN-MOLINO CAÑUELAS S.A.C.I.F.I.A
El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la inconstitucionalidad de una ley en un caso concreto, salvo cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación haya declarado tal inconstitucionalidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se controvierte la procedencia de la devolución de derechos de exportación abonados en función de Resoluciones Conjuntas dictadas por el Ministerio de Economía y Producción, cuestionándose la legalidad y constitucionalidad de dichas normativas. Se examinaron las facultades asignadas al Poder Ejecutivo para establecer alícuotas impositivas por delegación legislativa, la validez del decreto que fijó los tributos y su ratificación legislativa. Asimismo, se analizaron planteos relativos a la nulidad de las resoluciones aduaneras por presunta insuficiencia en la fundamentación y violación al debido proceso, junto con objeciones sobre el derecho de defensa respecto a la producción probatoria. El análisis jurídico se focalizó en la interpretación de normas constitucionales, legales y administrativas, y en la aplicabilidad de precedentes jurisprudenciales, especialmente sobre la reserva de ley en materia tributaria y el control legislativo posterior a las normas delegadas.
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