Sentencia TFN INLEG-2026-15441550-APN-VOCXXI#TFN
El artículo 954 del Código Aduanero sanciona únicamente aquellas declaraciones inexactas formuladas ante el servicio aduanero en operaciones aduaneras que produzcan una transgresión a prohibiciones, un perjuicio fiscal o un ingreso o egreso de import
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la procedencia de una multa impuesta por la Administración Aduanera a una empresa importadora por supuesta infracción al artículo 954 inciso b) del Código Aduanero, relacionada con la falta de presentación de un certificado sanitario obligatorio para la libre circulación de mercaderías en contacto con alimentos. La controversia gira en torno a si la ausencia de dicho certificado constituye una transgresión a una prohibición de importación, requisito para configurar la infracción, o si se trata meramente de una restricción administrativa sin carácter prohibitivo. Se examinaron diversas normas sanitarias y aduaneras, la distinción doctrinaria y jurisprudencial entre prohibiciones y restricciones, así como cuestiones procesales relativas a nulidades formales del procedimiento y la suficiencia probatoria de la documentación aportada. En particular, se evaluó la validez de la multa frente a la imposibilidad de obtener la documentación original del despacho de importación y del certificado sanitario para verificar la declaración y la comprobación física de la mercadería. El Tribunal analizó también la motivación de los actos administrativos y los principios aplicables en materia de responsabilidad aduanera, revisión de nulidades y valoración probatoria en el ámbito jurisdiccional tributario.
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