TECNIFOS S.A. c/ DIRECCION GENERAL DE ADUANAS s/ recurso de apelación
La carga de la prueba sobre el cumplimiento de las obligaciones derivadas del régimen de importación temporaria recae sobre el beneficiario del régimen, quien debe demostrar fehacientemente la reexportación o nacionalización de la mercadería mediante
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra una resolución administrativa que impuso multa y tributos por presunta infracción al régimen de importación temporaria previsto en el artículo 970 del Código Aduanero. La controversia se centró en la adecuación del cumplimiento de las obligaciones inherentes a la destinación temporaria, particularmente en cuanto a la acreditación de la reexportación de mercadería importada para industrialización y en la presentación de la documentación requerida, entre ellas la declaración jurada de insumos y el certificado de tipificación y clasificación exigido por normativa específica. Se examinó la cuestión de la prescripción de la acción para imponer sanciones y para exigir tributos, con análisis de interrupciones y suspensiones, además de evaluar la prueba documental, informes técnicos y el régimen previsto para la importación temporaria para perfeccionamiento industrial. El Tribunal consideró los elementos normativos y jurisprudenciales para determinar los requisitos formales y materiales que configuran el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones aduaneras en este contexto, así como la carga de la prueba respecto a la demostración del cumplimiento del régimen suspensivo.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: