MURESCO S.A. c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ recurso de apelación
La cancelación total de la deuda tributaria mediante pago contado o plan de facilidades extingue la acción penal tributaria o aduanera, siempre que no exista sentencia firme a la fecha de cancelación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra una resolución administrativa que impuso una multa y exigió el pago de tributos vinculados a una importación temporal, basándose en una infracción aduanera prevista en el Código Aduanero. La controversia giró en torno a la validez y alcance de la condonación de la multa aplicada, conforme a los beneficios y requisitos establecidos en una ley reciente que contempla la regularización excepcional de obligaciones tributarias y aduaneras mediante planes de pago y condonación de sanciones. El Tribunal examinó si se cumplían las condiciones para dicha condonación, incluyendo la cancelación total de la deuda tributaria y la ausencia de sentencia firme, así como la interpretación de los artículos aplicables del Código Aduanero y la reglamentación complementaria, prestando especial atención a la procedencia de la condonación en infracciones vinculadas a obligaciones tributarias pagadas bajo un plan de facilidades.
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