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Banco Masventas S.A. s/ Sumario Financiero Nº 1310

El BCRA sancionó a Banco Masventas S.A. y a sus directores y funcionarios por graves incumplimientos de normas de prevención de lavado de dinero, operaciones cambiarias sin documentación respaldaroria y deficiencias en control de operaciones entre 2005 y 2009. Se impusieron multas por $5.838.900 e inhabilitaciones de 1 a 3 años a los responsables principales.

Incumplimiento lavado de dinero Prevencion pla Conozca su cliente kyc Operacion cambio sin respaldo Cliente ocasional Banco masventas Ley 21.526 Multa inhabilitacion Bcra sefyc Deficiencias control interno

¿Qué se resolvió en el fallo?

Sumariados:
- Banco Masventas S.A. (CUIT Nº 30-54061826-3) — entidad financiera
- Personas físicas:
- José Humberto Dakak (DNI 10.493.373) — Presidente y Gerente General
- Carlos Edmund Dakak (DNI 11.081.621) — Director, Vicepresidente e integrante Comité PLD
- Alejandro Marcelo Dakak (DNI 14.304.383) — Director, integrante Comité PLD
- Jorge Alejandro López Truninger (DNI 12.321.006) — Director, Coordinador Departamental, Responsable Administración y Operaciones
- Freddy Ricardo de Singlau (DNI 13.835.619) — Director, Responsable PLD, integrante Comité PLD
- Rufino Francisco Quiñones (LE Nº 7.247.760) — Director, Responsable PLD
- Juan Ángel Tapia (DNI 13.894.223) — Tesorero
- Jorge Gustavo Segovia (DNI 22.146.690) — Tesorero
- Jesús Benito Moreno (DNI 11.070.808) — Responsable Departamento de Operaciones
- Rubén Rolando Sánchez (DNI 20.133.482) — Responsable Departamento de Operaciones
- Sandra Chávez (DNI 18.469.765) — Responsable Departamento de Operaciones
- María Delfina Protto de Soria (DNI 26.809.300) — Responsable Departamento de Riesgo
- Domingo Pablo Saravia Royo (DNI 8.387.881) — Responsable Departamento Comercial y Finanzas
- Ricardo Eugenio Loutayf (LE Nº 8.166.519) — Síndico
- Eduardo Nadir (DNI 8.182.819) — Síndico
- Alberto Rolando Tonda (DNI 11.944.298) — Síndico Conducta imputada:
- Incumplimiento grave de normas de prevención de lavado de dinero (Comunicaciones "A" BCRA 3094, 4353, 4459)
- Vulneración del principio "conozca a su cliente" (KYC)
- Operaciones de cambio sin respaldo documental adecuado
- Venta de dólares a clientes por montos superiores a $30.000 sin documentación respaldaroria del origen de fondos
- Clasificación incorrecta de clientes como "ocasionales"
- Deficiencias en identificación y verificación de clientes
- Emisión de boletos de compraventa de cambio con irregularidades numéricas
- Operaciones simuladas por cuenta de terceros sin aval
- Falta de análisis de riesgo adecuado (AML/CFT)
- Incumplimiento de procedimientos de control interno Normas infringidas:
- Ley de Entidades Financieras Nº 21.526 — artículo 41
- Comunicaciones "A" BCRA 3094, 3579, 4353, 4459 (prevención de lavado de dinero, "conozca a su cliente")
- Comunicaciones OPASI 2-233, OPRAC 1-482, RUNOR 1-386 (procedimientos de cambio) Decisión por sumariado: Banco Masventas S.A.:
- Multa: $1.200.000 José Humberto Dakak:
- Multa: $1.200.000
- Inhabilitación: 1 año y 3 meses Carlos Edmund Dakak:
- Multa: $1.200.000
- Inhabilitación: 1 año y 3 meses Alejandro Marcelo Dakak:
- Multa: $864.000
- Inhabilitación: 1 año Jorge Alejandro López Truninger:
- Multa: $1.200.000
- Inhabilitación: 1 año y 3 meses Freddy Ricardo de Singlau:
- Multa: $1.200.000
- Inhabilitación: 1 año y 3 meses Rufino Francisco Quiñones:
- Multa: $552.000 Juan Ángel Tapia:
- Multa: $442.500 Jorge Gustavo Segovia:
- Multa: $135.700 Jesús Benito Moreno:
- Multa: $76.700 Eduardo Nadir:
- Multa: $708.000 Alberto Rolando Tonda:
- Multa: $708.000 María Delfina Protto de Soria:
- Multa: $590.000 Domingo Pablo Saravia Royo:
- Multa: $590.000 Sandra Chávez:
- Multa: $495.600 Absueltos/Excluídos:
- Rubén Rolando Sánchez — excluido en lo financiero (sin haber tomado vistas)
- Ricardo Eugenio Loutayf — acción extinguida por fallecimiento Fundamentos principales: El BCRA concluyó que Banco Masventas S.A. operó de manera reiterada y relajada con clientes que no había acreditado debidamente, vulnerando sistemáticamente las exigencias de prevención de lavado de dinero. En particular: > "la entidad había vendido dólares a clientes excediendo el límite de $ 30 miles sin que hubiesen cumplimentado el aporte de la debida documentación respaldaroria para justificar el origen de los fondos operados, no guardando los importes de las operaciones cursadas relación con el perfil de dichos supuestos clientes." La SEFyC constató operaciones de cambio organizadas mediante terceros que actuaban como "cambistas" o "contratantes", donde "más del 80% de los entrevistados reconoció haber comprado dólares para terceras personas, percibiendo a cambio entre $ 15 y $ 50", evidenciando una estructura clandestina de intermediación cambiaria. Respecto de la responsabilidad de los directores, el BCRA señaló que: > "la responsabilidad de los sumariados como presidente, vicepresidente y directores, de la entidad cabe señalar que dicha responsabilidad se encuentra insita en la naturaleza de sus funciones (Conf. Jurisprudencia de la Cám. Nac. de Apel. Cont. Adm. Fed., sala I, sentencia del 18.09.84 nro 6209)… debiendo para ello contar con pericia y conocimiento del delicado ámbito en que desplieguen su actividad." El banco continuó operando con irregularidades pese a notas del BCRA (Nota 315/09) advirtiendo sobre los problemas detectados, sin adoptar medidas correctivas adecuadas. La resolución rechazó alegaciones de defectos procedimentales y prescripción invocados por los sumariados, considerando que el sumario fue instruido dentro de los plazos legales y que los hechos infraccionales se desarrollaron entre 2005 y junio de 2009.

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