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TAEKWON DO ASOCIACION ARGENTINA Y OTROS c/ INTERNATIONAL TAEKWON DO FEDERATION s/APEL. DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA

Las asociaciones de Taekwondo y Gran Marc S.R.L. apelaron la resolución del INPI que rechazó la nulidad de marcas de la International Taekwondo Federation. La Cámara Civil y Comercial Federal revocó dicha resolución, declarando la nulidad de los registros por su carácter genérico y reglamentario.

Recurso directo Nulidad de marcas Taekwondo Propiedad industrial Distintividad Acervo cultural Libre competencia Signos genericos Derecho marcario Inpi

Actor: Taekwondo Asociación Argentina y otros; Gran Marc S.R.L. Demandado: International Taekwondo Federation Objeto: Nulidad de registros marcarios Decisión: Se declara la nulidad de los registros marcarios

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los signos cuya nulidad se persigue han perdido —o nunca han ostentado— la capacidad identificatoria de un origen empresarial determinado para pasar a integrar el patrimonio iconográfico general de la actividad deportiva." "Permitir el monopolio sobre estos emblemas equivaldría a otorgar privilegios sobre un componente esencial del Taekwondo, impidiendo que otras asociaciones y fabricantes de indumentaria utilicen los símbolos que la propia naturaleza de la disciplina les impone." "La distinción política entre la República de Corea y la República Popular Democrática de Corea no altera la condición de uso común de los signos en el mercado local."

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