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GRAN MARC SRL c/ INTERNATIONAL TAEKWON DO FEDERATION s/APEL. DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA

Las asociaciones y la firma Gran Marc S.R.L. apelaron la resolución del INPI que rechazó la nulidad de marcas de la International Taekwondo Federation. La Cámara Civil y Comercial Federal revocó dicha resolución, argumentando que los signos carecen de capacidad distintiva y pertenecen al dominio público cultural.

Recurso de apelacion Nulidad de marcas Taekwondo Propiedad intelectual Cultura Libre competencia Identidad cultural Signos distintivos Inpi Dominio publico

Actor: Taekwondo Asociación Argentina y otros; Gran Marc S.R.L. Demandado: International Taekwondo Federation Objeto: Nulidad de registros marcarios Decisión: Se revocó la disposición del INPI y se declaró la nulidad de los registros.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los signos cuya nulidad se persigue han perdido —o nunca han ostentado— la capacidad identificatoria de un origen empresarial determinado para pasar a integrar el patrimonio iconográfico general de la actividad deportiva... permitir el monopolio sobre estos emblemas equivaldría a otorgar privilegios sobre un componente esencial del Taekwondo." "La apropiación exclusiva pretendida por la International Taekwondo Federation colisiona con una realidad de uso común preexistente y consolidada."

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