TAEKWON DO ASOCIACION ARGENTINA Y OTROS c/ INTERNATIONAL TAEKWON DO FEDERATION s/APEL. DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA
Las asociaciones de Taekwondo y Gran Marc S.R.L. apelaron la resolución del INPI que rechazó la nulidad de marcas de la International Taekwondo Federation. La Cámara Civil y Comercial Federal revocó la decisión administrativa, argumentando que los signos son parte del patrimonio cultural del Taekwondo.
¿Quién es el actor?
Taekwondo Asociación Argentina y otros; Gran Marc S.R.L.
¿A quién se demanda?
International Taekwondo Federation
- Objeto de la demanda: Nulidad de registros marcarios de la International Taekwondo Federation.
- Decisión del tribunal: Se revoca la disposición del INPI y se declara la nulidad de los registros marcarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los signos cuya nulidad se persigue han perdido —o nunca han ostentado— la capacidad identificatoria de un origen empresarial determinado para pasar a integrar el patrimonio iconográfico general de la actividad deportiva." "Permitir el monopolio sobre estos emblemas equivaldría a otorgar privilegios sobre un componente esencial del Taekwondo, impidiendo que otras asociaciones y fabricantes de indumentaria utilicen los símbolos que la propia naturaleza de la disciplina les impone para su correcta identificación técnica y cultural." "Convalidar la exclusividad sobre un logo que posee carácter reglamentario importaría un ejercicio abusivo del derecho."
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