BLASETTI JORGE DANIEL C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
Jorge Daniel Blasetti apeló la sentencia que reconoció parcialmente su derecho a la movilidad jubilatoria. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 y modificó la metodología de cálculo de los haberes.
Actor: Jorge Daniel Blasetti Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Reconocimiento y restablecimiento de derechos previsionales Decisión: Se declara la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 y se modifica la metodología de cálculo de los haberes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La jueza a quo dictó sentencia y resolvió hacer lugar parcialmente a la pretensión de reconocimiento y restablecimiento de derechos deducida en autos por Jorge Daniel Blasetti... declarando la inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008 en su aplicación concreta al caso." "El artículo 41 de la ley 15.008... se muestra contrario a uno de los pilares básicos que sustentan el sistema previsional provincial, cual es la necesaria proporción que debe existir entre el haber de pasividad y el de actividad." "La prescripción es un instituto de interpretación restrictiva... no habiendo sido articulada la defensa en cuestión por la parte demandada, su introducción y tratamiento de modo oficioso por la iudex conlleva violación del principio de congruencia."
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