ARIAS DE STRIGE HAYDEE C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
Haydee Arias de Strige demandó a la Caja de Jubilaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires por el reconocimiento de derechos previsionales. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo declaró la inconstitucionalidad de un artículo de la ley 15.008 y modificó la sentencia de grado en cuanto a la prescripción y metodología de cálculo.
Actor: Haydee Arias de Strige Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Reconocimiento y restablecimiento de derechos previsionales Decisión: Se confirma la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 y se modifica la sentencia en cuanto a la prescripción y cálculo de haberes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La jueza de grado resolvió hacer lugar parcialmente a la pretensión de reconocimiento y restablecimiento de derechos deducida en autos contra la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Banco de la Provincia de Buenos Aires, declarando la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15008 en su aplicación concreta al caso." "La prescripción es un instituto de interpretación restrictiva; como también lo es la invalidación de una ley. De allí que, ante la duda, ha de estarse a favor de la subsistencia de la acción." "El artículo 41 de la ley 15.008 establece que 'Los haberes de las prestaciones indicadas serán móviles y se actualizarán conforme la variación del índice de movilidad establecido en la Ley Nacional 26417', lo que provoca un desequilibrio de la razonable proporción que debe existir entre los haberes de actividad y pasividad."
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