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BEJARANO JORGE C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION

Jorge Bejarano interpone recurso de apelación contra la sentencia que reconoce parcialmente su derecho a un reajuste jubilatorio. La Cámara de Apelaciones declara la inconstitucionalidad de un artículo de la Ley 15.008 y modifica la metodología de cálculo de intereses.

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Actor: Jorge Bejarano Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Restablecimiento de derechos previsionales y ajuste de haberes jubilatorios Decisión: Se declara la inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008 y se modifica la metodología de cálculo de intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El artículo 41 de la ley 15.008... provoca un desequilibrio de la razonable proporción que debe existir entre los haberes de actividad y pasividad... se muestra contrario a uno de los pilares básicos que sustentan el sistema previsional provincial." "La movilidad del período involucrado en ningún caso se calcula de acuerdo a variables propias de la remuneración relativa al cargo base." "Se debe admitir el agravio de la parte actora, revocar parcialmente el decisorio apelado y ordenar que las retroactividades sean calculadas a valores actuales, adicionando los intereses computados desde cada devengamiento y hasta el dictado de la sentencia en el 6% anual."

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