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BARRETO RICARDO DANIEL C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION

El actor promovió demanda por el restablecimiento de derechos previsionales, cuestionando la aplicación de la Ley 15.008. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo declaró la inconstitucionalidad de un artículo de dicha ley y modificó la metodología de cálculo de los haberes previsionales.

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Actor: Ricardo Daniel Barreto Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Restablecimiento de derechos previsionales y reajuste de haberes Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008 y se modificó la metodología de cálculo de los haberes previsionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La declaración de inconstitucionalidad de una ley o decreto constituye un acto de suma gravedad institucional, debiendo considerarse la última ratio del orden jurídico." "El art. 41 de la ley 15.008 atiende a indicadores completamente ajenos al cargo regulatorio del haber, provocando la pérdida del carácter sustitutivo de la prestación previsional." "La movilidad de los agentes pasivos del Banco de la Provincia de Buenos Aires ha quedado librada a un sistema previsional extraño, que en los hechos ha probado ser inestable o azaroso."

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