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Incidente Nº 3 - DENUNCIADO: BARROSO REINOSO, FRANCISCO RICARDO Y OTRO s/Audiencia de control de la Acusación (Art. 279, CPPF)

Se realizó el control de la acusación contra Camila Magalí Boreiro Orrego y Francisco Ricardo Barroso Reynoso por tenencia y comercialización de estupefacientes. El tribunal declaró admisible la acusación y las pruebas ofrecidas, prorrogando las medidas de coerción.

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¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal

¿A quién se demanda?

Camila Magalí Boreiro Orrego y Francisco Ricardo Barroso Reynoso
- Objeto de la demanda: Control de la acusación por tenencia y comercialización de estupefacientes.
- Decisión del tribunal: Se declaró admisible la acusación y las pruebas, prorrogando las medidas de coerción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, verificado el cumplimiento de los requisitos del art. 274 del CPPF, corresponde admitir la acusación fiscal en contra de Camila Magalí BORIERO ORREGO y Francisco Ricardo BARROSO REYNOSO por la presunta comisión del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, previsto en el artículo 5° inciso c) de la Ley N° 23.737." "Se admitió la prueba ofrecida por el Ministerio Público Fiscal para el juicio de responsabilidad y cesura fue aceptada por ambas defensas, al no haberse presentado oposiciones a su incorporación para las etapas procesales mencionadas." "HACER LUGAR a la prórroga solicitada por el Ministerio Público Fiscal respecto a las medidas de coerción impuestas en contra de Camila Magalí BORIERO ORREGO y Francisco Ricardo BARROSO REYNOSO por el plazo requerido de 90 días."

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