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O.R.S.N.A. c/ MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE s/VARIOS

El ORSNA promovió una acción declarativa de certeza contra la Municipalidad de San Carlos de Bariloche sobre el ejercicio de poderes de policía en el Aeropuerto Internacional. La Corte Suprema dejó sin efecto la decisión de la cámara, reafirmando la inconstitucionalidad de las leyes provinciales que limitaban el uso del aeropuerto.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Ejercicio del poder de policía e imposición municipal en el ámbito de un aeropuerto internacional El Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA) promovió una acción declarativa de certeza contra la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, a fin de que se despeje el estado de incertidumbre respecto del alcance de los poderes de policía e imposición municipal con relación al Aeropuerto Internacional de Bariloche. La cámara admitió parcialmente la acción y sostuvo que el derecho de la municipalidad de ejercer sus poderes de policía e imposición debía ser ejercido sin interferir, obstaculizar o impedir, en ninguna forma, el normal funcionamiento del Aeropuerto Internacional. La Corte dejó sin efecto este pronunciamiento. Se remitió, para ello, a la sentencia dictada en su instancia originaria en la causa “Administración de Parques Nacionales” (Fallos: 347:552) donde se declaró la inconstitucionalidad de las leyes 3978 y 4559 de la provincia mencionada al concluir que las tierras consignadas en ellas (dentro de las cuales se halla el aeropuerto que ahora importa) integraron e integran la Reserva Nacional Nahuel Huapi —Zona Gutiérrez—, la Reserva Nacional Nahuel Huapi —Zona Centro— y el Parque Nacional Nahuel Huapi, respectivamente, y han sido excluidas de los bienes que debían transferirse con motivo de la provincialización dispuesta por la ley 14.408. Ello impedía, por lo tanto, a la provincia demandada, efectuar actos de disposición con relación a ellos (artículo 75, inciso 30, de la Constitución Nacional).

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