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CELADA EZEQUIEL DEL VALLE C/ ASOCIART ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ MATERIA A CATEGORIZAR

El actor solicitó la regulación de honorarios por su actuación en un expediente administrativo relacionado con la incapacidad laboral de un trabajador. El Tribunal rechazó la demanda por existir cosa juzgada, argumentando que la actuación ante la Comisión Médica es única y no escindible.

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Actor: Ezequiel del Valle Celada Demandado: Asociart Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. Objeto: Regulación de honorarios profesionales por asesoramiento en un expediente administrativo. Decisión: Se rechazó la demanda por existir cosa juzgada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por lo considerado en los párrafos anteriores considero que debe rechazarse la demanda en virtud de que existe cosa juzgada en el sublite (art. 163 y 166 CPCC, art. 15 LCT)." "El pedido de conducta temeraria y maliciosa formulado por el actor debe ser rechazado de plano, resultando una palmaria sinrazón o atrevimiento de su parte." "La actuación ante la Comisión Médica es una sola por cada accidente o enfermedad del trabajador, independientemente de cómo la dividan o los pasos procesales que deban seguirse ante ella."

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