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O., E.A. S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL EN CONTEXTO DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y OTRO

El Ministerio Público Fiscal apeló la sentencia que condenó a E.A.O. por abuso sexual con acceso carnal y desobediencia a la autoridad judicial. La Cámara de Apelaciones confirmó la condena, pero modificó la pena a seis años y seis meses de prisión efectiva.

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Actor: Ministerio Público Fiscal Demandado: E.A.O. Objeto: Condena por abuso sexual con acceso carnal y desobediencia a la autoridad judicial. Decisión: Se confirma la condena por abuso sexual, pero se absuelve de la desobediencia a la autoridad judicial.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El encausado E.A.O., empleando violencia física sobre la denunciante, logró que la víctima ingresara al domicilio del imputado y allí la penetró vía vaginal, acto respecto del cual G.N.N., no prestó válidamente su consentimiento." "La desobediencia verificada sólo se ha de tener por comprensiva de la prohibición de contactarse y acercarse a G.N.N., en un radio no inferior a los 200 mts., más no así respecto de la abstención contenida en el punto 2 del mandato judicial." "La conducta atribuida y comprobada en el Segundo Hecho no resulta penalmente relevante y, por ende, es atípica."

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