INTERDOMUS S.A. C/ INSTITUTO OBRA MEDICO ASISTENCIAL S/ AMPARO POR MORA
Interdomus S.A. promovió una acción de amparo por mora contra el Instituto Obra Médico Asistencial (IOMA) para obtener un pronto despacho en un trámite administrativo. El Tribunal desestimó la acción al considerar que no se configuró mora en el accionar de la Administración.
Actor: Interdomus S.A. Demandado: Instituto Obra Médico Asistencial (IOMA) Objeto: Acción de amparo por mora para obtener un pronto despacho en un trámite administrativo. Decisión: Se desestima la acción de amparo por mora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La finalidad de este instituto jurídico es sólo procurar el pronto despacho del obrar demorado. Dicha orden será procedente cuando se hubiere dejado vencer los plazos fijados y, en caso de no existir éstos, si hubiere transcurrido un plazo que excediese lo razonable." "La actora ingresó el trámite cuya mora alega con fecha 18/08/25, e interpuso demanda en fecha 12/12/2025, teniendo en cuenta que si se suman los plazos de las diversas dependencias técnicas internas, más el que cuenta el órgano administrativo con competencia resolutoria final para el dictado del acto administrativo -30 días hábiles administrativos-, se advierte prematuro y, por ende, improcedente, el inicio de la acción." "Los presupuestos que tornan viable la promoción del amparo por mora son la omisión en emitir la resolución o el acto de trámite o preparatorio, dentro de los plazos legales o razonables, es decir, ante la configuración objetiva de una situación de morosidad o inactividad formal del órgano, extremo que no se verifica en la especie."
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