INCIDENTE DE COMPETENCIA ENTRE EL JUZGADO DE GARANTIAS DEL JOVEN Nº 1 DE DOLORES Y EL JUZGADO DE GARANTIA DEL JOVEN Nº3 DE LOMAS ZAMORA
Se plantea un incidente de competencia entre dos Juzgados de Garantías del Joven. La Cámara declaró competente al Juzgado de Garantías del Joven N°1 de Dolores, fundamentando su decisión en el principio del lugar del hecho.
Actor: Juzgado de Garantías del Joven N°1 del Departamento Judicial de Dolores Demandado: Juzgado de Garantías del Joven N°3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora Objeto: Determinación de competencia para entender en la causa Decisión: Se declara competente al Juzgado de Garantías del Joven N°1 de Dolores
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Comparto el parecer de la Señora Jueza que declina la competencia, por imperio del principio fórum delicti commissi adoptado por el art. 29 del C.P.P." "En aras de salvaguardar la garantía de Juez Natural, por imperio de la manda del art. 29 del CPP y atendiendo además a lo dispuesto por el art. 33 penúltimo párrafo del C.P.P. en cuanto expresa que '...el órgano judicial que deba resolver las cuestiones de competencia tendrá en cuenta la mejor y más pronta administración de justicia'." "Entiendo que resulta competente el Juzgado de Garantías del Joven de Dolores."
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