ECHEVERRIA PATRICIA ALEJANDRA C/ INSTITUTO DE OBRA MEDICO ASISTENCIAL (IOMA) S/ AMPARO
Patricia Echeverría promovió acción de amparo contra el IOMA por incumplimiento en la entrega de audífonos. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo revocó el auto que imponía astreintes, considerando que el cumplimiento de la medida cautelar hizo caer la obligación de pago.
Actor: Patricia Alejandra Echeverría
Demandado: Instituto de Obra Médico Asistencial
- IOMA
Objeto: Cumplimiento de la entrega de audífonos y aplicación de astreintes por incumplimiento.
Decisión: Se revocó el auto que imponía astreintes, considerándose que el cumplimiento de la medida cautelar hizo caer la obligación de pago.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las sanciones conminatorias, por su carácter provisorio, no causan estado ni pasan en autoridad de cosa juzgada, razón por la cual pueden ser revisadas y dejadas sin efecto si se verifican motivos fundados y atendibles."
"Mantener las sanciones originariamente aplicadas por el juez de grado resultaría improcedente y contrario a la doctrina de este Tribunal."
"Verificado el cumplimiento del mandato judicial cautelar, ya no podrían liquidarse -ni aprobarse
- sanciones conminatorias justamente porque su naturaleza, ajena a la noción de resarcimiento, no permite que se las asemeje ni al concepto de intereses debidos por el incumplimiento."
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