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ZANNI, NORBERTO JORGE c/ TRASLADOS ESPECIALES S.A. s/DESPIDO

El demandado apeló la sentencia que rechazó la demanda por despido y la imposición de costas. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que las costas deben ser asumidas por quien provocó la citación de terceros.

Despido Costas Citacion de terceros Recurso de apelacion Camara nacional de apelaciones del trabajo Articulo 96 cpccn Sentencia confirmada Responsabilidad Honorarios Procedimiento civil


¿Quién es el actor?

Zanni Norberto Jorge

¿A quién se demanda?

Traslados Especiales S.A.
- Objeto de la demanda: Despido y costas por intervención de terceros.
- Decisión del tribunal: Se confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda y se impusieron las costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En orden a lo dispuesto en el art. 96 del CPCCN las costas devengadas por la participación del Terceros en juicio deben quedar a cargo de quien provocó su citación." "No se aprecia ninguna circunstancia excepcional que permita apartarse del principio general ut supra indicado." "El actor se opuso férreamente a la citación de Terceros, por lo que no hallo razones para apartarme de lo resuelto por la Sra. Sentenciante."

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