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EQUISTICA DEFENSA DEL MEDIO AMBIENTE ASOCIACION CIVIL c/ SANTA FE, PROVINCIA DE Y OTROS s/AMPARO AMBIENTAL

La Asociación Equística Defensa del Medio Ambiente promovió un amparo ambiental contra el Estado Nacional y varias provincias para cesar los incendios en las islas frente a Rosario. La Corte Suprema ordenó la implementación del Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible en el Delta del Paraná, destacando la necesidad de coordinación interjurisdiccional.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Amparo ambiental: incendios en las islas que están frente a las costas de Rosario La Asociación Equística Defensa del Medio Ambiente inició una demanda de recomposición ambiental invocando el artículo 30 de la Ley General del Ambiente (25.675) contra el Estado Nacional, las provincias de Santa Fe, Entre Ríos, y las municipalidades de Rosario y Victoria con el objeto de que se les ordenara (i) hacer cesar de modo efectivo, urgente e inmediato todos los focos de incendio que tienen lugar en las islas que están frente a las costas de Rosario; y (ii) adoptar todas las medidas necesarias para erradicar de modo definitivo la quema indiscriminada en las islas frente a dicha ciudad. En un pronunciamiento anterior la Corte dictó -en el marco de su competencia originaria
- una medida cautelar en la que dispuso que los demandados debían constituir de manera inmediata un Comité de Emergencia Ambiental (CEA) en el marco del Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible en el Delta del Paraná (PIECAS-DP). Agregó que, una vez constituido, ese Comité debía adoptar las medidas eficaces para la prevención, control, y cesación de los incendios irregulares en la región del Delta del Paraná, utilizando las bases del PIECAS-DP (Fallos: 343:726). El Estado Nacional informó la realización de reuniones del CEA con la participación del Estado Nacional, las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos, Santa Fe y la municipalidad de Rosario y se presentó el Intendente de la Municipalidad de Rosario conjuntamente con el Procurador General de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, el Rector de la Universidad Nacional de Rosario y el Rector de la Universidad Nacional del Litoral denunciando un nuevo evento de quemas y alertando que estas ocurren de manera cíclica y descontrolada, en similares períodos temporales, todos los años. El Tribunal señaló que el objeto del amparo mantiene actualidad en la medida en que, por un lado, se ha denunciado el surgimiento de nuevos focos de incendios en el Delta del Río Paraná y, por el otro, resta resolver la pretensión que persigue la adopción de medidas necesarias para erradicar de modo definitivo la quema indiscriminada en las islas frente a Rosario. Destacó que el resguardo del PIECAS-DP como ámbito de debate para la protección del Delta del Río Paraná requiere coordinar eficazmente los intereses nacionales y provinciales en pos del mandato ambiental de la Constitución Nacional. Finalmente, la Corte resolvió condenar al Estado Nacional y a las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos y Santa Fe y a los municipios de Rosario y Victoria a implementar y ejecutar el Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible en el Delta del Paraná (PIECAS-DP), en cuanto se acordó la instalación de equipamiento e infraestructura para establecer mecanismos de información de alerta temprana, la implementación de la Red de Faros de Conservación, de un Plan Sistemático de Control y de un Plan de Manejo del Fuego para el Delta. Mostrar menos

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