S. S. E. Y OTROS c/ OSECAC s/AMPARO DE SALUD
La actora promovió un amparo de salud para obtener la afiliación a OSECAC. La Cámara Federal de La Plata revocó la decisión de primera instancia sobre las costas, imponiéndolas a la demandada.
- Quién demanda: S., S. E. y Otros
¿A quién se demanda?
OSECAC
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Afiliación y empadronamiento como beneficiarios de OSECAC
¿Qué se resolvió?
Se revocó la imposición de costas por su orden, debiendo ser asumidas por la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La cuestión traída por la amparista fue solucionada por la OSECAC con posterioridad al inicio del amparo, lo que demuestra que su conducta reticente se modificó ante la intimación del sentenciante." "Las costas no constituyen un castigo para el perdedor, sino que importan tan solo un resarcimiento de los gastos que ha debido efectuar la parte a fin de lograr el reconocimiento de su derecho." "No se advierten razones que justifiquen el apartamiento del principio objetivo de la derrota (art. 68 CPCC)."
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