DAPOTE, ELINA C/ LA CONCORDE SA Y OTRO S/ ORDINARIO
El actor interpuso un recurso de inaplicabilidad de ley contra la decisión que impuso costas en un proceso de consumo. El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos hizo lugar parcialmente al recurso, estableciendo que las costas se imponen en el orden causado, conforme al régimen de justicia gratuita.
- Quién demanda: Elina Dapote
¿A quién se demanda?
La Concorde S.A. y otro
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Inaplicabilidad de ley respecto a la imposición de costas en un proceso de consumo.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar parcialmente al recurso, modificando la decisión sobre las costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El beneficio de justicia gratuita previsto en el art. 53 de la ley 24.240 comprende también las costas del proceso, salvo supuestos de ejercicio abusivo del derecho o temeridad procesal." "La solución adoptada por la alzada no se ajusta a la doctrina de este Superior Tribunal que reconoce alcance comprensivo del beneficio respecto de las costas." "No corresponde cargar a la consumidora con las costas de alzada y postuló casar la sentencia en este aspecto, imponiendo las costas por su orden para resguardar el principio de gratuidad y la tutela efectiva del consumidor."
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