ADMINISTRADORA TRIBUTARIA DE ENTRE RIOS C/ TREBOUX JOSE MARIA S/ MONITORIO APREMIO
La Administradora Tributaria de Entre Ríos interpuso un recurso de inaplicabilidad de ley contra la sentencia que rechazó su apelación por la prescripción de deudas tributarias. El Superior Tribunal de Justicia confirmó la decisión de la Cámara de Apelaciones, argumentando que no se acreditó la notificación válida al deudor.
¿Quién es el actor?
Administradora Tributaria de Entre Ríos
¿A quién se demanda?
Jorge Enrique Covre
- Objeto de la demanda: Cobro de deudas tributarias por el impuesto inmobiliario correspondiente al año 2016.
- Decisión del tribunal: Se declara improcedente el recurso de inaplicabilidad de ley y se confirma la sentencia de la Cámara de Apelaciones.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El cómputo de prescripción de las obligaciones que 'deben pagarse por años, o plazos periódicos más cortos' es directo, esto es, mes a mes, por período exigible, y no a partir del año calendario siguiente, como lo plantea el Código Fiscal." "La ausencia de constancias sobre el acaecimiento de un acto suspensivo, corresponde confirmar la prescripción correspondiente al período 2016." "El recurrente omitió traer al proceso una certificación emitida de acuerdo con los requisitos impuestos en la reglamentación, a los efectos de demostrar: cuál fue el domicilio electrónico al que se cursó la intimación."
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