.................... S/ INC, AP. SENTENCIA CONDENATORIA (USO DOCUMENTO PUBLICO FALSO ---13-01-020284-23/00---)
El imputado O.A.O fue condenado a un año de prisión por el uso de un documento público falso. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia, argumentando que la falsificación no era burda y que existía la posibilidad de engaño.
Actor: Santiago Romero (Defensor Oficial) Demandado: O.A.O Objeto: Revocación de la condena por uso de documento público falso Decisión: Se confirma la condena a un año de prisión
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El tipo penal del artículo 296 del CP requiere que el sujeto activo utilice un certificado o documento público falso en cualquier acto de acuerdo con su destino probatorio a sabiendas de su falsedad." "La figura está ubicada sistemáticamente en el Código Penal entre aquellas que protegen la fe pública, incriminando hechos en los cuales surge al menos la posibilidad de que con un documento falso se determine en otra persona un falso juicio sobre lo que se establece con el instrumento." "El análisis armónico de las pruebas reseñadas demuestran que no se trata de una falsificación burda o inocua como postula la defensa, sino que, por el contrario, es un documento que ha exhibido notas distintivas que no resultan ser grotescas."
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