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AYALA MARIA ESTER C/ CLUB ATLETICO INDEPENDIENTE Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS EXTRACONTRACTUAL (EXC. AUTOM./ESTADO)

El actor apeló la resolución que declaró la caducidad de instancia en un reclamo por daños y perjuicios. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, argumentando que la actora no impulsó el proceso adecuadamente.

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Actor: A M E C Demandado: Club Atlético Independiente; otros Objeto: Daños y perjuicios extracontractuales Decisión: Se confirmó la sentencia que declaró la caducidad de instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La perención de instancia es un arbitrio instituido por el legislador para sancionar la inacción de los litigantes, cuya mayor carga es procurar el impulso de la tramitación de la causa hacia su fin natural que es la sentencia." "El último acto impulsorio efectuado con posterioridad a la intimación cursada por única vez ha sido realizado el día 3-6-24, por lo que habiendo transcurrido desde dicha fecha hasta el acuse de caducidad efectuado el día 2-10-24 el plazo de caducidad previsto por el art. 310 inc. 3° del Código Procesal, el recurso intentado no puede prosperar." "Las costas de Alzada deben imponerse al recurrente."

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