LUCERO MARIO Y OTRO/A C/ BUSTOS BERRONDO JULIA Y OTROS S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor solicitó la aclaratoria de una sentencia sobre la tasa de interés aplicable en un caso de daños y perjuicios. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial aclaró que la tasa a aplicar es la pasiva más alta del Banco de la Provincia de Buenos Aires desde el dictado de la sentencia hasta el efectivo pago.
Actor: Mario Lucero; otros Demandado: Julia Bustos Berrondo; otros Objeto: Aclaratoria sobre la tasa de interés aplicable en una sentencia anterior. Decisión: Se hace lugar a la aclaratoria solicitada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Aclarar la sentencia del 14 de octubre de 2025 en el sentido de que desde su dictado hasta el efectivo pago la tasa de interés a computar es la tasa pasiva más alta del Banco de la Provincia de Buenos Aires conforme la reglamentación del, B.C.R.A. (art. 768 inc. c del C.C..C)." "Igual tasa para el monto por daño emergente-reperación del vehículo desde la fecha de la pericia mecánica (art. 268 3er. párr. C.P.C.C.)"
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