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A., L. J. Y OTROS CONTRA GCBA SOBRHABITACIONALES Y OTROS SUBSIDIOSRO - Número: INC 36423/2018-20 CUIJ: INC J-01-00059324-5/2018-20

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires apeló una medida cautelar que ordenaba garantizar una vivienda digna a M.K.Q. La Cámara de Apelaciones en lo CAYT confirmó la decisión de primera instancia, considerando que no se acreditaron los requisitos para la medida cautelar.

Recurso de apelacion Medida cautelar Vivienda digna Verosimilitud del derecho Peligro en la demora Subsidios habitacionales Gcba Interes publico Ley 2145 Derechos humanos


¿Quién es el actor?

M.K.Q.

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA)
- Objeto de la demanda: Medida cautelar para garantizar una vivienda digna.
- Decisión del tribunal: Se confirma la medida cautelar dictada en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En el artículo 14 de la Ley 2145, como recaudos sustanciales para la concesión de medidas como la peticionada, se exige la verosimilitud del derecho, el peligro en la demora, la no frustración del interés público y la contracautela." "En virtud de las circunstancias descriptas, corresponde hacer lugar al recurso interpuesto por el GCBA y revocar lo decidido en la instancia de grado, sin costas (art. 14 CCABA)." "La actora no acompañó ninguna intimación de desalojo. Si bien surge de la documentación acompañada que el 21 de abril solicitó la incorporación al programa habitacional, dicha petición fue realizada dos días antes de solicitar la medida cautelar."

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