SANTISTEBAN FERNANDEZ, JOSEANTONIO SOBRE 6.1.44 - TRANSPORTE DE PASAJEROS
José Antonio Santisteban Fernández apeló la sentencia que lo condenó a una multa y a la inhabilitación para conducir por prestar un servicio de transporte sin habilitación. La Cámara de Apelaciones confirmó la validez del acta de comprobación, pero redujo la multa impuesta.
¿Quién es el actor?
José Antonio Santisteban Fernández
¿A quién se demanda?
Ciudad Autónoma de Buenos Aires (representada por la administración)
- Objeto de la demanda: Nulidad de la sentencia que lo condenó a una multa y a inhabilitación por transporte de pasajeros sin habilitación.
- Decisión del tribunal: Se confirma la validez del acta de comprobación y se reduce la multa de 1000 UF a 500 UF, manteniendo la inhabilitación por 15 días.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El ne bis in ídem protege a los ciudadanos de ser perseguidos, por parte del Estado, en dos o más oportunidades por el mismo hecho." "La norma por la que fue condenado el infractor es clara en cuanto establece que será sancionado quien efectúe el transporte de personas sin habilitación." "El actual art. 6.1.94 de la Ley 451 no distingue si para cometer la falta es preciso que exista la posibilidad de obtener la habilitación para el transporte de pasajeros." "Se considera que el monto de la sanción impuesta resulta desproporcionado, dado que el Sr. Santiesteban Fernández sería una persona de escasos recursos económicos."
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