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JORGE BENITEZ, NN SOBRE 13 1°PARR - DESARMADO DE UN AUTOMOTOR CON EL OBJETO DE UTILIZAR SUS AUTOPARTES / SIN AUTORIZACIÓN

Se plantea un incidente de competencia entre los Juzgados PCyF Nº 12 y 14 en relación a la causa por desarmado de un automotor. La Cámara resolvió que debe intervenir el Juzgado PCyF Nº 14, considerando la fecha de inicio de las actuaciones.

Incidente Competencia Desarmado de automotor Autopartes Cibercrimen Juzgado pcyf n? 12 Juzgado pcyf n? 14 Acordada 3/2019 Notitia criminis Ley n? 25.761


¿Quién es el actor?

Jorge Benitez

¿A quién se demanda?

NN
- Objeto de la demanda: Determinación de la competencia judicial en un caso de desarmado de automotor.
- Decisión del tribunal: Se resuelve que debe intervenir el Juzgado PCyF Nº 14.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Esta circunstancia es la notitia criminis que debe tenerse en cuenta para dar inicio a estas actuaciones como único dato objetivo a los fines de la adjudicación de la causa." "Corresponde la intervención del Juzgado PCyF N° 14."

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