T , G SOBRE 125BIS - PROMOCIÓN O FACILITACIÓN DE LA PROSTITUCIÓN (PROXENETISMO) Número Causa: IPP 175542/2021-0 CUIJ: IPPJ-01-00175542-7/2021-0
El Juzgado PCyF Nº 22 planteó una contienda de competencia respecto a la causa por promoción o facilitación de la prostitución. La Cámara resolvió que debe intervenir el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº 19, aplicando la pauta “C” de la Acordada 3/2019.
¿Quién es el actor?
Juzgado PCyF Nº 22
¿A quién se demanda?
Juzgado PCyF Nº 19
- Objeto de la demanda: Determinar la competencia para intervenir en la causa por promoción o facilitación de la prostitución.
- Decisión del tribunal: Se resolvió que debe intervenir el Juzgado PCyF Nº 19.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"corresponde intervenga el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº 19", y se aplicó la pauta “C” de la Acordada 3/2019, considerando la fecha de recepción de testimonios en la Mesa de Entradas.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: