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N, N SOBRE 172 - ESTAFA. Número Causa: IPP 174607/2021-0. CUIJ: IPPJ-01-00174607-9/2021-0

Se plantea un incidente de competencia entre dos juzgados en relación a una denuncia por estafa. La Cámara resolvió que el Juzgado PCyF N° 18 debe intervenir en la causa, considerando el lugar donde se advirtió el ilícito.

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¿Quién es el actor?

Marcela Alejandra Petrello

¿A quién se demanda?

No aplica
- Objeto de la demanda: Determinar la competencia entre juzgados por una denuncia de estafa.
- Decisión del tribunal: Se asigna la causa al Juzgado PCyF N° 18.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En caso de no encontrarse consignado el lugar de los hechos, se procederá a establecer la zona judicial según el lugar donde el denunciante advirtió el ilícito denunciado." "Lo cierto es que en el bar aludido se desarrolló una conducta distinta a la motivo de encuesta de estas actuaciones comprensible en la figura de hurto, que luego habría ocasionado otros hechos o maniobras que fueron advertidas en el domicilio de la denunciante."

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