CONTENCIÓN DE COMPETENCIA EN AUTOS C O ,A M SOBRE 52 - HOSTIGAR, INTIMIDAR Y OTROS
La causa se originó por una contienda de competencia entre dos juzgados en relación a denuncias de acoso y hostigamiento. La Cámara resolvió establecer la conexidad de las actuaciones y que el Juzgado PCyF N° 6 debe continuar interviniendo.
¿Quién es el actor?
Sra. V F J C
¿A quién se demanda?
Sr. A M C O
- Objeto de la demanda: Denuncia de acoso y hostigamiento.
- Decisión del tribunal: Se establece la conexidad de las causas y se determina que el Juzgado PCyF N° 6 debe continuar interviniendo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Juez natural debe ser quien se encontraba de turno al momento del hecho... corresponde tomar en cuenta la primera denuncia del 12/4/2021 donde interviene el Juzgado PCyF N° 6...". "La radicación de las causas dependería de las vicisitudes procesales que se presenten en cada caso, lo que afectaría contra la imparcialidad y el principio del juez natural...".
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