NN, F SOBRE 5 C - COMERCIO DE ESTUPEFACIENTES O CUALQUIER MATERIA PRIMA PARA SU PRODUCCIÓN / TENENCIA CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN Número Causa: IPP304163/2022-0 CUIJ: IPP J-01-00304163-4/2022-0
Se plantea un incidente de competencia en una causa por comercio de estupefacientes. La Cámara resolvió que el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal N° 31 es el competente para intervenir en la causa.
¿Quién es el actor?
No se menciona un actor específico.
¿A quién se demanda?
No se menciona un demandado específico.
- Objeto de la demanda: Determinación de la competencia entre los Juzgados de Primera Instancia.
- Decisión del tribunal: Se resuelve que el Juzgado N° 31 es el competente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El hecho disparador que dio origen a estos actuados, corresponde al ocurrido el día 29/08/2022... la noticia del presunto ilícito es el elemento objetivo para tener en cuenta a estos fines..." "Aplicar otro criterio, implica que la declaración del Juez natural de la causa, se hallaría supeditada a cuándo se labraran las actuaciones por los funcionarios destacados..." "Así entonces, cabe concluir, que el hecho disparador que dio origen a estos actuados, corresponde al ocurrido el día 29/08/2022..."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: