NN, NN SOBRE 173 INC. 16 - DEFRAUDANORMAL FUNC. DE UN SISTEMA INFORMÁTICO O LA TRANSMISIÓN DE DATOS
Se plantea un incidente sobre la competencia para investigar un caso de defraudación informática. La Cámara resolvió que debe intervenir el Juzgado PCyF Nº 19, considerando el lugar de la cuenta bancaria afectada.
Actor: NN Demandado: NN Objeto: Determinación de la competencia para investigar un caso de defraudación informática. Decisión: Se resolvió que debe intervenir el Juzgado PCyF Nº 19.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Para este tipo de maniobras debe tenerse en cuenta la sucursal donde tiene radicada la cuenta bancaria la compañía afectada y el lugar de desarrollo de los negocios de aquella." "El Juez de turno es el titular del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas nro 19, mientras que nada relevante para la solución del caso es aquel domicilio legal que se encuentra declarado ante la Inspección General de Justicia."
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