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F N N SOBRE 239 - RESISTENCIA O DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD

Se plantea un incidente de competencia por conexidad entre dos causas relacionadas con violencia de género. La Cámara decide que ambas causas deben ser tramitadas por el mismo juzgado para garantizar una mejor administración de justicia.

Incidente Conexidad Violencia de genero Competencia Juzgado Proceso penal Desobediencia Derechos de las victimas Administracion de justicia Causas conexas


¿Quién es el actor?

Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº 2.

¿A quién se demanda?

Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº 3.
- Objeto de la demanda: Determinar la competencia para tramitar dos causas relacionadas con violencia de género.
- Decisión del tribunal: Se resuelve que ambas causas deben ser tramitadas por el Juzgado PCyF Nº 3.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Dicha excepcionalidad del instituto de conexidad prevista en nuestra normativa, cede frente a los hechos de violencia de género, donde prima el juzgamiento por un único tribunal... Contribuye a ello evitar la revictimización de las damnificadas que conllevaría la fragmentación de los hechos constitutivos de un mismo conflicto de violencia de género." "En suma, en ambas causas se encuentran involucradas las mismas partes enmarcadas dentro de la misma conflictiva de violencia de género, y se encuentran intrínsecamente ligadas..."

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