CASO DÍAZ LORETO Y OTROS VS. VENEZUELA. EXCEPCIONES PRELIMINARES, FONDO, REPARACIONES Y COSTAS
La Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó la responsabilidad del Estado de Venezuela por la vulneración de derechos humanos en el caso de las muertes de los hermanos Díaz Loreto. La Corte concluyó que el Estado no proporcionó una explicación verosímil sobre las circunstancias de las muertes y que se violaron derechos a la integridad personal y garantías judiciales.
- Se reclama la responsabilidad del Estado de Venezuela por la vulneración del derecho a la vida, integridad personal y garantías judiciales en el caso de las muertes de Robert Ignacio Díaz Loreto, David Octavio Díaz Loreto y Octavio Ignacio Díaz Álvarez.
- La Corte resolvió que el Estado es responsable por la violación de derechos humanos, ordenando medidas de reparación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Corte constató que en el presente caso existen varias inconsistencias en la versión de los hechos presentada por el Estado en relación con sus muertes que no le permiten determinar si se produjeron efectivamente en un enfrentamiento entre los funcionarios policiales y las presuntas víctimas." "Esto llevó a la Corte a concluir que el Estado no proporcionó una explicación verosímil y satisfactoria sobre la forma en que fallecieron, por lo cual el Estado es responsable por la violación del derecho a la vida de todos ellos." "La Corte encontró evidencias que indicaban que Robert Díaz Loreto fue sometido a apremios físicos, probablemente durante el tiempo en que estuvo bajo custodia de la policía, por lo que el Estado es responsable por la violación de su derecho a la integridad personal." "Además, sufrieron amenazas y hostigamientos por su búsqueda de justicia."
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