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CASO HABBAL Y OTROS VS. ARGENTINA. EXCEPCIONES PRELIMINARES Y FONDO

La señora Raghda Habbal y sus hijos reclamaron por la violación de derechos humanos relacionados con su nacionalidad y residencia en Argentina. La Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó que Argentina no es responsable por dichas violaciones, argumentando que no hubo afectaciones concretas a los derechos de las víctimas.

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- Se reclama la violación de derechos a la circulación y residencia, nacionalidad, niñez, libertad personal, igualdad ante la ley, y garantías judiciales en perjuicio de Raghda Habbal y sus hijos.
- La Corte resolvió que el Estado argentino no es responsable por las violaciones alegadas, ya que la revocación de la resolución que ordenaba su expulsión cesó el incumplimiento de obligaciones internacionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Corte encontró que la Resolución No. 1088 resultó contraria a la Convención por su contenido, nunca afectó materialmente los derechos de las presuntas víctimas." Además, se concluyó que "la efectividad de los recursos no debe ser evaluada en función de que éste produzca un resultado favorable para el demandante."

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